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11 DE MARZO DE 2010
LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EMITIÓ LA CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009 Y SUS ANEXOS 1, 4, 22 Y 25
Primero. Se realizan las siguientes reformas, adiciones y derogaciones a la Resolución que establece las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicada en el DOF el 29 de abril de 2009:
A. Se reforman las siguientes reglas: 1.3.1. penúltimo párrafo. 1.5.1. fracción IV. 1.5.2. fracción IV. 2.2.4. numeral 18 y tercer párrafo. 2.7.2. último párrafo. 2.7.3. segundo párrafo. 2.7.5. numerales 1 y 2 en sus tablas. 2.7.6. último párrafo. 2.8.1. apartados A, numerales 1, inciso d) y 2, inciso e); B, primer párrafo; G, numeral 5, último párrafo; H, cuarto párrafo; I, primer párrafo; J, último párrafo; y L, segundo párrafo. 2.8.3. numeral 28, apartado C, tercer párrafo. 2.9.13. fracciones I, segundo párrafo y III. 2.10.4. segundo y tercer párrafos en sus tablas. 2.10.8. numeral 4. 2.12.14. primero y último párrafos. 2.13.6. segundo párrafo. 2.13.13. sexto párrafo. 2.13.20. sexto párrafo. 2.15.2. numeral 1, primero y tercer párrafos. 3.2.6. segundo párrafo, apartados A, numeral 3; B, numeral 3 y C, numeral 6. 3.3.26. primer párrafo. B. Se adicionan las siguientes reglas: 2.2.4. con un cuarto párrafo, pasando el actual cuarto a ser quinto párrafo y así sucesivamente. 2.4.18. 2.4.19. 3.2.4. con un último párrafo al numeral 3. 3.9.10. 5.2.12. C. Se derogan las siguientes reglas: 2.8.1. apartados A, numeral 2, inciso b) y L, tercer párrafo. 2.15.2. segundo párrafo, pasando el actual tercero a ser segundo párrafo. Las modificaciones anteriores quedan como sigue: Artículo transitorio Unico.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF, con excepción de lo siguiente: I. Lo dispuesto en la regla 2.4.19. de la presente Resolución, no será aplicable durante la vigencia de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2009. |
